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Mediadores de seguros: Corredor Vs Agente de seguros

CORREDOR VS AGENTE

Mediadores de seguros: Corredor Vs Agente de seguros

Existen diferentes tipos de mediadores de seguros: agentes exclusivos, vinculados, corredores, mediadores de bancaseguros…

A la hora de establecerse como mediador la mayoría de personas considera las opciones de agente o corredor, dos alternativas muy diferentes y cuyas características vamos a analizar hoy.

  • Los agentes de seguros, tanto exclusivos como vinculados, tienen una relación contractual con la aseguradora que determina tanto las comisiones que reciben como sus derechos, ámbitos de actuación, etc.
    • Aunque un agente vinculado puede trabajar con varias aseguradoras -no así uno exclusivo-, no está obligado a presentar varias ofertas a sus clientes ni a realizar un análisis objetivo, a diferencia de un corredor.
  • Los corredores, por su parte, únicamente reciben una carta de condiciones económicas y no mantienen vinculación alguna con las compañías. Además, están obligados por ley a presentar ofertas de varias aseguradoras a sus clientes y de asesorarles de manera imparcial sobre qué productos son los que más les convienen.
    • Otra de las ventajas de contratar a través de un corredor es que todas las gestiones están centralizadas y que se encargan de defender al asegurado frente a la compañía en caso de que hubiera algún problema, algo que un agente no puede realizar debido a su vinculación contractual.

¿Qué se necesita para ser un mediador de seguros corredor o agente?

  • Cualquier tipo de mediador necesita una formación inicial y continua según establece la Resolución  de la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones (DGSFP) de 28 de julio de 2006.
  • Para poder establecerte como mediador de seguros corredor de seguros o agente vinculado es necesario pasar el curso y exámenes exigidos al Grupo A de mediación de seguros. Este curso de 500 horas está regulado por el Centro de Estudios del Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros y consta de varios módulos que incluyen temas como Derecho mercantil, Organización administrativa y Productos financieros.
  • Además, para los corredores y algunos agentes vinculados es necesario que redacten una memoria indicando los ramos de seguros y entidades para las que vayan a mediar, demostrar que disponen de una capacidad financiera igual o mayor al 4% del total de las primas anuales percibidas y disponer de un seguro de responsabilidad civil.
  • Un agente exclusivo, en cambio, solo tendrá que pasar el curso dirigido al Grupo B, mucho más reducido.
  • Independientemente de que a grupo pertenezcan, cualquiera de ellos ha de estar inscrito en el Registro Especial de Mediadores de la DGSFP para poder ejercer su actividad como mediador.

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